El día martes 20 de diciembre de 2022 comenzó a regir los artículos 19 y 21 de la ley N°21.459, que establece normas sobre delitos informáticos, tras cumplirse seis meses desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. En virtud de estas normas, los delitos informáticos se agregan al catálogo de la ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, asignándoles las penas correspondientes a los simples delitos, exponiéndolas a prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, pérdida de beneficios fiscales, multas y penas accesorias.
Asimismo, estos delitos se incorporan como nuevos delitos base de lavado de activos, modificando en lo pertinente la ley N° 19.913, lo que aconseja complementar en tal sentido los sistemas de prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
A partir de esta fecha, las empresas y organizaciones deberán adecuar sus modelos de prevención de delitos de la ley N°20.393.