Con fecha 27 de septiembre de 2022 entró en vigor, luego de su publicación en el Diario Oficial, la ley N°21.488, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución, modificando además la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
No obstante, al igual como ocurrió antes con la Ley 21.325 de migración y extranjería, el legislador olvidó disponer una penalidad para el delito cometido por la persona jurídica. En consecuencia, entretanto no se salve dicha omisión el delito para la persona jurídica no tiene aplicación.