Si bien nuestro país fue vanguardista en la promulgación de una ley sobre delitos informáticos (la Ley N°19.223 entró en vigor el 7 de junio de 1993), dicha normativa –con tan solo 4 delitos– nunca ha sido modificada, dejando así en clara desprotección a las personas frente a todos los usos delictivos que se le ha dado al internet desde su dictación. En esta columna, nuestro Jefe de área judicial Guillermo Cantin junto a nuestras asociadas Fernanda Montes y Daniela Ortega abordan la nueva ley de Delitos Informáticos y las modificaciones sustantivas y procesales que implica.